El estatuto del partido Acción Ciudadana, estipula que a la Sub secretaría general: Le corresponde apoyar a la secretaría general en la ejecución de sus tareas y en sus ausencias temporales, actuar con las mismas facultades en todo lo que sea permitido por este estatuto y por la ley.
En caso de ausencia definitiva de quien ocupe la secretaría general, la subsecretaria general ejercerá la secretaría hasta que la Asamblea designe un nuevo secretario general. Presentar informes acerca de las contribuciones que se reciban y la marcha financiera.